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Normas de la carga pública y preguntas frecuentes sobre COVID-19

Actualizado: 16 nov 2022

Los mejores abogados de inmigración de Atlanta en Antonini & Cohen están aquí para responder a sus preguntas sobre el efecto que el COVID-19 puede tener en varias normas de la carga pública en relación con los casos de inmigración.

  1. ¿Al hacerse pruebas o recibir atención médica o cuidados preventivos contra el COVID-19,  afectará mi caso de inmigración bajo la nueva norma de la carga pública?

DENTRO DE LOS ESTADOS UNIDOS: El 13 de marzo del 2020, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) anunció que la agencia no considerará “las pruebas, la atención médica  ni el cuidado preventivo (incluidas las vacunas, si se dispone de ellas) relacionados con COVID-19” como parte de una determinación de carga pública, ni en relación con la condición de beneficio público pertinente a ciertos no inmigrantes que solicitan una extensión de la estadía o un cambio de estatus, incluso si dicha atención se proporciona o se paga con uno o más beneficios públicos (por ejemplo, Medicaid financiado con fondos federales). Además, el USCIS parece estar promoviendo el hecho de que cualquier persona con síntomas que se asemejan a los del COVID-19, a que consiga atención médica o los servicios preventivos necesarios. El USCIS ha indicado que dicha atención o servicio preventivo “no afectará negativamente a ningún extranjero como parte de un análisis futuro de la carga pública”.

FUERA DE LOS EE.UU.: Sin embargo, el Departamento de Estado de los EE.UU. (DOS por sus siglas en inglés) no ha confirmado si la atención médica o el cuidado relacionado con el COVID-19 se considerará como parte de su análisis de la totalidad de las circunstancias de la carga pública. Publicaremos más información sobre este tema cuando recibamos la información, pero recomendamos a cualquier persona con síntomas a que se haga la prueba y a cualquier persona que requiera atención a que la consiga, porque el DOS utiliza un enfoque de la totalidad de las circunstancias, lo que significa que considerará todos los factores y no sólo un único evento causado por circunstancias fuera del control de una persona.

  1. ¿Obtener el seguro de desempleo afectará mi solicitud de inmigración bajo la norma de la carga pública?

DENTRO DE LOS EE.UU.: El Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) excluyó explícitamente los beneficios de desempleo de la determinación de inadmisibilidad de la carga pública porque se consideran beneficios ganados a través del empleo de la persona y deducciones fiscales específicas correspondientes. El USCIS especificó esto en su Manual de Políticas (Volumen 8, Parte G, Capítulo 10 del Manual de Políticas del USCIS). Por lo tanto, cualquier agencia bajo el DHS debe seguir esta guía.

FUERA DE LOS EE.UU.: Sin embargo, el Departamento de Estado de los EE.UU. (DOS) no aborda el tema específicamente de cómo los beneficios de desempleo afectarán las determinaciones de carga pública hechas por los funcionarios consulares en los consulados de los EE.UU. en el extranjero. Publicaremos más información sobre este tema cuando recibamos la información, pero le pedimos a todos los que tengan derecho y necesiten prestaciones de desempleo a que las soliciten, porque el DOS utiliza un enfoque de la totalidad de las circunstancias, lo que significa que tendrán en cuenta todos los factores y no sólo un único acontecimiento causado por circunstancias fuera del control de una persona.

  1. ¿Recibir un reembolso bajo la Ley CARES afectará mi caso de inmigración bajo la norma de carga pública?

El 27 de marzo del 2020, el Presidente Trump firmó la Ley de Ayuda, Asistencia y Seguridad Económica (CARES por sus siglas en inglés) que ofrece asistencia a los gobiernos estatales y locales, a los individuos, a las pequeñas y grandes empresas y a los hospitales afectados por COVID-19. En particular, la Ley CARES prevé la emisión de pagos únicos, llamados reembolsos de reintegro (o comúnmente conocidos como “cheques de estímulo”), para ayudar a los individuos a recuperarse de los impactos económicos de la pandemia de COVID-19. Los individuos elegibles con un ingreso bruto ajustado de hasta $75.000 (cifras en dólares) pueden recibir un pago único de $1.200. Las parejas casadas que presentan una declaración de impuestos conjunta califican para recibir un pago de $2.400, siempre y cuando su ingreso bruto ajustado combinado sea inferior a $150.000. Los individuos elegibles también pueden recibir $500 adicionales por cada hijo(a) elegible menor de 17 años.

DENTRO DE LOS EE.UU.: Los reembolsos de reintegro se estructuran como créditos fiscales adelantados automáticamente que serán desembolsados por el Departamento del Tesoro, y los créditos fiscales no se tienen en cuenta a efectos de la determinación de la carga pública. El USCIS también indicó en su Manual de Políticas que los créditos fiscales no se consideran beneficios públicos en las determinaciones de cargas públicas (Volumen 8, Parte G, Capítulo 10 del Manual de Políticas del USCIS).

FUERA DE LOS ESTADOS UNIDOS: El Departamento de Estado de los Estados Unidos y el Manual de Asuntos Exteriores coinciden en que los créditos fiscales no son asistencia en efectivo para las familias de bajos ingresos.  Sin embargo, el Departamento de Estado aún no ha determinado el impacto de estos créditos fiscales específicos en la decisión general de la carga pública. Publicaremos más información sobre este tema cuando recibamos la información, pero le pedimos a todos los que reúnan los requisitos a que la soliciten, ya que el DOS utiliza un enfoque de la totalidad de las circunstancias, lo que significa que tendrán en cuenta todos los factores y no sólo un único evento causado por circunstancias fuera del control de una persona. Además, el reembolso del reintegro es un ingreso gravable, lo que significa que quienes reciban los mismos tendrán que incluir la cantidad recibida en sus declaraciones de impuestos del año 2021 y pagar los impuestos correspondientes, en caso tal.

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