No Existe una “Acción Diferida Por Vida”! Aprende La Ley y Ten Cuidado!
Hay mucha gente ahorita hablando de un permiso de trabajo cuando tienen 10 años en los EEUU y niños nacido aquí. Hablan de esto como si fuera un nuevo beneficio. Pero esto no es verdad. Mucha gente piensa que existe este “programa” para recibir un permiso de trabajo sin saber que tienen severas consecuencias potenciales. Tambien, he escuchado a abogados decir que es un “loop hole”( o escapatoria en la ley) y he escuchado a abogado hasta decir que ese permiso puede convertirse en una “Accion Diferida por Vida.” Esto no es asi.
Escucha a la abogada aqui.
Para comenzar, “La Ley de los 10 Años” ha existido desde 1996 y se llame oficialmente “Cancelación de Deportación.” O sea–CANCELANDO SU DEPORTACIÓN, por medio de un Juez de Inmigración en Corte. Este alivio en la ley requiere lo siguiente:
Tener 10 años consecutivo, sin haber sido deportado antes.
Tener familiares calificantes, osea: niños menores de 21 años, padres, o esposos que son ciudadanos de USA o residentes permanente.
Tener buen caracter moral, es decir sin record criminal, hayan pagado sus impuestos por 10 años, y mas.
No tener convicciones penales por ciertos delitos- y las lista en larga.
Y que puedan demonstrar que su familiar calificante tendria un sufrimiento extraordinario y excepcional no típico de una deportación normal si usted es deportado.
Y para pedir este Alivio, Ud. está en procedimientos de deportación ante un juez de inmigración.
Si es verdad que si aplica para este alivio y ha recibido la noticia de su audiencia de corte, puede aplicar para un permiso de trabajo temporario. Tambien es verdad que si usted gana su caso, recibe una residencia permanente. Tambien es verdad que hoy en dia muchos de estos casos son cerrados administrativamente por que el gobierno se esta enfocando en deportar a otras personas de mas alta prioridad. PERO: vale la pena resaltar 3 cosas:
Menos de 10% de los casos ganan la residencia.
El cierre administrativo es una discrecion (favor) del gobierno el cual no tiene garantia, puede ser revocado en cualquier momento, y no es :una accion difereida por vida”.
Y, ya que el pedir el este alivio requiere ser puesto en proceso de deportacion, si no le dan la residencia y no le cierran el caso (o se lo cierran pero despues cambian las prioridades administrativas), usted esta en linea directa a la deportacion. Osea, esto es un Alivio que se pide si usted, por mala suerte, lo ponen en deportacion pero no es inteligente buscar la deportacion a proposito para obtener este permiso.
Hay que entender que los jueces de inmigración son permitidos de aprobar no más de 4,000 de estos casos al año en todo el país. Y que los jueces de Georgia aprueban entre 2-5% de estos casos, y al fin del caso, si Ud. no es aprobado, tendrá una orden de deportación! Hay algunos que dicen que los fiscales pueden ejercer su discreción y cerrar el caso, pero NO lo hacen en todos los casos. Y la discreción fiscal es algo muy nuevo, y puede cambiar bajo un nuevo Presidente, o si cambia el fiscal local.
Pero, aún más importante de entender es COMO va a llegar a estar en procedimientos de deportación. En el pasado, gente arrestado por manejar sin licencia fueren puestos en deportacion por ICE, pero ahorita por un cambio en politica, no. Algunos están vendiendo la idea que puede aplicar por “asilo” y que recibirá su permiso de trabajo. El proceso de “asilo” es un proceso formal en lo que alguién que tiene miedo de regresar a su país a causa de su opinión política, religión, raza, nacionalidad, ser miembro de un grupo social particular, a causa de persecución del gobierno o un grupo que el gobierno no puede controlar. Pero, no hay asilo disponible, a los tienen un miedo general en su país, por ejemplo si hay mucho crimen en su país, no va a ser aprobabo, si no ha sido Ud. directamente afectado por esto, y aun entonces, su chance de ser aprobado es pequeño.
Entonces, lo que está pasando es que algunas personas están presentando aplicaciones de asilo sin merito (por que no tienen un miedo protegible, lo estan hacienda solo por el permiso de trabajo y porque el asilo requiere que se aplique dentro del primer ano en los USA o si tienen una excusa valida por pasarse ese ano. Una aplicación de “asilo” que ha sido puesta después de que la persona esta en los EEUU por mas de un año va pasar por una entrevista y después autoamaticamente mandado a la corte de deportación, a causa de que la Oficina de Asilo no puede considerar el caso de “withholding of removal” (por los que aplican mas de un ano despues de su llegada). Asi, que esta persona estará pronto en la corte de deportación. El Congreso en 1996 anadio el requisite del ano especificamente porque vio este tipo de accion que fue hecho por notarios y algunos abogados (aplicando por asilo para obtener un permiso de trabajo) y el Congreso considero tales acciones come un abuso en la sistema de asilo.
Entonces, simplemente, estas personas están poniendo su clientes en procedimientos de deportación por un permiso temporario de trabajo, que tal vez sera renovado hasta que el juez decide el caso (95% del tiempo el caso es negado), con la esperanza que tal vez sera aprobado o sera cerrado su caso y podrá seguir con su permiso de trabajo. Hay muchas incognitas que puedes encontrar en el camino! Lo que sabemos por seguro es que no hay “Accion Diferida” or “Discreción Fiscal” de por vida, y la gente que no han sido ofrecida tales opciones (y todos no son), recibiran una orden de deportación.
Todos los abogados saben cómo hacer esto. Esto no es difícil de hacer. Y si alguien lo haría, tomaría pocas horas para hacer toda la obra. Sin embargo, casi todos los abogados escogen de NO hacerlo. NO es un secreto, ni algo descubierto por algunos abogados especiales o más inteligentes.
Por mi parte, y la parte de muchos abogados con quien he conversado*, no creemos que es saludable ni correcto de poner a un cliente en frente del tren de deportación. Ciertamente sin que la clientela entienda lo que esta haciendo y entrando a procedimiento de deportación con todas las consequencias negativas de esa decision. Como Abogados con tanta trayectoria y pensando siempre en el beneficio de nuestros clientes y guiándolos e informándoles nos sentimos comprometidos a advertirles. En Antonini y Cohen no pondremos nuestros clientes en procedimientos de este tipo de proceso ya que no estamos interesados en arriesgar su futuro y el de su familias.
Conocemos el sufrimiento de la comunidad Hispana por no tener reforma inmigratoria. Lo vemos en las caras de personas que vienen a nuestra oficina buscando soluciones a su situación. Para algunos, hay opciones, para otros no hay opciones, aun con mucho tiempo en los EEUU. Por esta razón les recomendamos que se informen bien antes de poner su future en manos de alguien o permitir que alguien, por ellos tener negocio y ustedes tener un permiso de trabajo temporal, los ponga a un paso de la deportacion.
(* Quiero agradecer al abogado Charles Kuck, de Kuck Immigration Partners, por compartir este blog conmigo y permitir que yo anadiera mis comentarios a los suyos y lo publicara.)
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