DE ACUERDO AL ESTATUS DE SU PATROCINADOR, EXISTEN VARIAS CATEGORÍAS DE PREFERENCIA BASADA EN LA FAMILIA PARA A ASIGNACIÓN DE VISAS A LOS INMIGRANTES:
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Ilimitado: Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses no deben esperar por un número de visa de inmigrante. Los familiares inmediatos incluye a los padres del patrocinador, cónyuge, hijas e hijos solteros menores de 21 años de edad.
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Primera preferencia: Adulto soltero (mayor de 21 años de edad), hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses.
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Segunda preferencia: Cónyuges de residentes permanentes legales y sus hijos e hijas solteros de cualquier edad.
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Tercera preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
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Cuarta preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos.
A continuación, puede ver un listado de los tipos de familiares de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente que puede ser patrocinado de acuerdo a su parentesco:
UN CIUDADANOS ESTADOUNIDENSE PUEDE PATROCINAR:
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Cónyuge.
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Hijos solteros de cualquier edad.
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Hija o hijo casado de cualquier edad.
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Padre o madre, hermano o hermana, siempre y cuando el patrocinador sea al menos 21 años de edad o mayor.
UN RESIDENTE LEGAL PERMANENTE PUEDE PATROCINAR:
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Su cónyuge.
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Hija o hijo soltero de cualquier edad.