F-1. Educación superior y universidad
Visa F-1
Las instituciones educativas en los Estados Unidos ofrecen grandes oportunidades para los estudiantes que desean continuar su educación y capacitación. El incentivo intelectual y la interacción social adquirida mediante los estudios en los Estados Unidos pueden convertirse en un elemento vital de crecimiento y desarrollo para los estudiantes.
Los estudiantes extranjeros nacionales que desean estudiar en los Estados Unidos por lo general solicitan la visa F-1, mientras que los estudiantes vocacionales a menudo solicitan la visa M-1. Debes ser aceptado por una institución educativa aprobada por el USCIS antes de solicitar cualquier visa. También tendrás que probar al consulado de los Estados Unidos que financieramente puedes asistir a la institución educativa y cubrir tus gastos.
El estatus F-2 le permite a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad que te acompañen en los Estados Unidos. Es recomendable que traigas a tu cónyuge y a tus hijos contigo cuando visites el consulado para solicitar tu visa F-1. Si tu cónyuge y/o hijos dependientes te acompañarán más tarde, ellos tendrán que presentar una copia de tu formulario de USCIS (Certificado de elegibilidad para estatus de estudiante no inmigrante (F-1) – para estudiantes académicos y de lenguaje) al personal de la Embajada de Estados Unidos, junto con los documentos que validen su relación contigo. El estatus F-2 de un cónyuge y los hijos depende de su estatus F-1. En el F-1, los estudiantes tienen la oportunidad de trabajar en su campo de estudio, tanto antes de la graduación (formación práctica curricular) como después de ella (formación práctica opcional o OPT, por sus siglas en inglés).
Más información:
Cómo funciona: Mantener el estatus de estudiante F-1
Opciones para beneficiarios de visa F-1 en OPT
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Visa M-1. Escuela de oficios
Visa M-1
La visa M-1 ofrece a los estudiantes la oportunidad de entrenar en un ambiente positivo en Estados Unidos, mientras fortalece sus habilidades técnicas y no académicas (esta visa no se aplica al aprendizaje de idiomas). La visa M-1 es para estudiantes que deseen asistir a tiempo completo a una escuela vocacional o no académica aprobada por USCIS en los Estados Unidos.
Tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañarte a los Estados Unidos si tienen estatus de no inmigrante H-2. Aunque a los titulares de las visas M-1 y M-2 no se les permite trabajar, los titulares de visas M-1 pueden solicitar una prórroga de hasta seis meses para la formación práctica.
Al igual que con todas las visas de no inmigrante, cuando un cónyuge, hijo dependiente o ambos se encuentran en los Estados Unidos junto con el titular principal de la visa, su estatus migratorio depende del mantenimiento del estatus legal y vigente del titular principal. Esto significa que, si por alguna razón, pierdes tu visa, tu cónyuge y dependientes también perderán la suya.
J-1 Programas de intercambio estudiantil y laboral
La visa J-1 está diseñada para proporcionar programas de intercambio educativos y culturales, y para promover el intercambio de conocimientos, habilidades y educación en las artes y las ciencias. Esta visa permite a las personas a que participen en programas de intercambio en los Estados Unidos.
La visa J-1 incluye a estudiantes, aprendices haciendo su práctica de trabajo, visitando a los eruditos y los investigadores y consultores.
Como solicitante de la visa J-1 debes probar que:
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Eres un erudito profesor o investigador, estudiante aprendiz o pasante, representante de colegio o Universidad, profesor, especialista no académicos, médico extranjero, consejero de campamento, niñera o estudiante de verano en un programa de viajes de trabajo.
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Piensas solamente en una estancia temporal en los Estados Unidos.
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Tienes fondos suficientes para permanecer en los Estados Unidos.
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Tienes la intención de regresar a tu país de origen después de tu visita.
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Tu estadía en los Estados Unidos ha sido aprobada por un programa J-1 reconocido por el USCIS.
Programas de entrenamiento son generalmente limitados a un máximo de 18 meses excepto para programas de agricultura, hotelería y el turismo que son generalmente limitados a un máximo de 12 meses. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañarte con un estatus J-2. Los dependientes de un titular de visa J-1 pueden trabajar en los Estados Unidos si pueden demostrar que pueden cubrir sus propios gastos. Algunos visitantes de intercambio J-1 deben volver a su país de origen durante dos años al final de su programa antes de poder solicitar otro estatus de no-inmigrante o inmigrante.
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