Prohibición de viaje de la administración Trump: Lo que necesitas saber
- Antonini & Cohen
- hace 18 horas
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El 4 de junio de 2025, la administración Trump emitió una prohibición de viaje que restringe la emisión de visas y la entrada a Estados Unidos para nacionales de países seleccionados. Esta orden prohíbe completamente la entrada para ciudadanos de 12 países e impone restricciones parciales de entrada para nacionales de siete países adicionales. La política entra en vigor el 9 de junio de 2025, por un período inicial de 90 días, con revisiones obligatorias realizadas cada 180 días después.
Políticas como la prohibición de viaje crean incertidumbre y dificultades para miles de familias, estudiantes y empresas. Si tienes preguntas sobre cómo esta política puede afectarte a ti o a alguien que conoces, contáctanos o llámanos al (470) 428-3200 para una consulta con uno de nuestros abogados de inmigración de Atlanta.
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¿Quién se ve afectado?
La prohibición de viaje se aplica a nacionales extranjeros de los países listados abajo que están fuera de Estados Unidos al 9 de junio de 2025, y que no tenían una visa estadounidense válida al 4 de junio de 2025.
La prohibición de viaje no afecta a aquellos que ya poseen una visa válida, ni revoca visas existentes. Además, la política no se aplica a individuos que han sido otorgados asilo, estatus de refugiado, o protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT); ni se aplica a aquellos que están buscando activamente tal protección.
Países con prohibiciones completas de viaje
La orden prohíbe la emisión de visas de inmigrante y no inmigrante, así como la entrada a Estados Unidos, para nacionales extranjeros de los siguientes países:
Afganistán
Birmania
Chad
República del Congo
Guinea Ecuatorial
Eritrea
Haití
Irán
Libia
Somalia
Sudán
Yemen
Países con prohibiciones parciales de viaje
La prohibición parcial suspende la emisión de visas B, F, M y J (visas de visitante y estudiante). También instruye a los consulados estadounidenses a "reducir la validez" de otras visas de no inmigrante de estos países, limitando aún más la entrada y duración de la estadía.
Burundi
Cuba
Laos
Sierra Leona
Togo
Turkmenistán
Venezuela
Exenciones y excepciones de la prohibición de viaje
Los nacionales extranjeros de los países afectados aún pueden entrar a Estados Unidos si son:
Residentes Permanentes Legales (portadores de Green Card)
Nacionales duales viajando con pasaporte de un país no prohibido
Portadores de visas diplomáticas e internacionales específicas (serie A, C, G, OTAN)
Atletas, personal de equipo y familia viajando para eventos deportivos globales importantes (ej., Juegos Olímpicos, Copa Mundial)
Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (con evidencia clara y convincente de la relación)
Portadores de Visa Especial de Inmigrante (SIV) afganos
Empleados del gobierno estadounidense con SIV
Minorías religiosas o étnicas iraníes elegibles para visas de inmigrante
Individuos para quienes el Procurador General encuentra que están en el interés nacional
Estamos aquí para ayudar
Si tú o alguien que conoces es de uno de los 19 países listados arriba y planea viajar o solicitar una visa estadounidense, contáctanos o llama al (470) 428-3200 hoy para programar una consulta con uno de nuestros mejores abogados de inmigración de Atlanta. Evaluaremos todas tus opciones y crearemos un plan detallado de acción para tu viaje de inmigración.
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