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Visas de no inmigrante

Visas de visitante

Visa B-1. Negocio

Empresas de todo el mundo envían a sus empleados y representantes a los EE. UU. para comprar, vender, consultar y participar en el comercio. La mejor manera de visitar temporalmente los EE. UU. para promover una empresa comercial es con el estatus B-1.

Una Visa B-1 permite el acceso a una variedad de oportunidades económicas en los Estados Unidos. Las personas elegibles para esta visa incluyen miembros de la junta, atletas, artistas, empleados de no inmigrantes y vendedores.

Los solicitantes de visa B-1 deben poder probar:

  • La naturaleza del negocio que planean realizar.

  • El tiempo exacto que necesitan para llevar a cabo sus negocios.

  • Su intención de regresar a su país de origen después de que se haya concluido el negocio.

Los solicitantes de B-1 pueden permanecer en los EE. UU. hasta por un año, dependiendo de la cantidad de tiempo que les otorgue un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza en el momento de su admisión a los EE. UU. en la frontera.

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B-2 Visa. Turista

La visa B-2 es el pase de entrada ideal para los turistas interesados ​​en conocer los Estados Unidos a través de breves viajes de placer. El Departamento de Estado define “viajes de placer” como actividades legítimas de carácter recreativo tales como turismo, diversión, visitas a amigos y/o familiares, descanso, tratamiento médico o actividades de carácter social o de servicio.

Los solicitantes de visa B-2 deben probar:

  • Su propósito para venir a los EE. UU.

  • Su permanencia en los EE. UU. por un período de tiempo específico.

  • Su solvencia económica para pagar su estadía en los EE. UU.

  • Su residencia permanente en el país de origen al que tienen la intención de regresar.

 

Los solicitantes B-2 pueden permanecer en los EE. UU. hasta por un año, dependiendo de la cantidad de tiempo que les otorgue un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza en el momento de su admisión a los EE. UU. en la frontera.

Para más información, visita Cinco consejos para obtener tu visa de turismo B-2.

Programa de Exención de Visa

El Programa de Exención de Visa (VWP) ofrece un método fácil y eficaz de viajar a los EE. UU. por negocios o por placer. El programa permite a los ciudadanos de los países participantes viajar a los EE. UU. por placer o negocios durante 90 días o menos sin obtener oficialmente una visa estadounidense. Se aplican ciertas excepciones, incluidas las personas que planean trabajar o estudiar en los EE. UU., las que planean quedarse más de 90 días o las personas que de otro modo podrían no ser elegibles para una visa.

Los viajeros a quienes se les hayan denegado visas anteriormente, que tengan antecedentes penales o que no sean elegibles para ingresar a los EE. UU. con el VWP, deben comunicarse con la embajada o consulado de los EE. UU. más cercano antes de intentar usar el VWP para ingresar a los EE. UU.

Los solicitantes del Programa de Exención de Visa deben:

  • Tener un pasaporte legible por máquina emitido por un país participante que sea válido por al menos seis meses después de la fecha de regreso.

  • Tener un boleto de ida y vuelta emitido por un transportista que haya firmado un acuerdo con el gobierno de los      EE. UU. para participar en el VWP.

  • Aceptar renunciar a cualquier derecho a impugnar la eliminación después de 90 días en los EE. UU.

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¿Cuáles son
mis pasos a seguir?

Este proceso puede ser, y a menudo es, complicado. Los abogados de inmigración de Antonini & Cohen pueden ayudarte a simplificarlo determinando la categoría de visa adecuada para ti y asistiéndote con tu solicitud o cambio de estatus de tu categoría actual a una nueva.

 

En los casos apropiados, también podemos obtener estatus legal y autorización de trabajo para tus familiares dependientes.

Despejaremos todas tus dudas sobre ley de inmigración.

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